¿Trabajas para el extranjero desde Perú? Cómo declarar tus ingresos sin multas.
Los ingresos de profesionales que trabajan remotamente desde Perú para el exterior no son Renta de Fuente Extranjera, sino Rentas de Cuarta Categoría, al regir el principio de vinculación territorial (Art. 9° LIR). Esto permite aplicar deducciones de hasta 24 UIT más 7 UIT automáticas. Además, califican como exportación de servicios inafecta al IGV. Encuadre
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